Jesusa Cervantes
El “regalo” que los partidos políticos en la Cámara de Diputados dieron a las televisoras el pasado 12 de abril, al liberarlos de la obligación de transmitir en todas sus repetidoras los spots electorales contratados por el Instituto Federal Electoral, y abrirles la posibilidad de comercializarlos, no ha sido desechado por el pleno, sigue viva.
No sólo eso, contra la argumentación de que una vez votada en el pleno fue “detenida” por el presidente de la Mesa Directiva, el perredista Guadalupe Acosta Naranjo, y nunca enviada al Senado de la República, es falsa. El documento sí fue remitido e incluso tiene la firma, en una de las hojas del expediente, de la máxima autoridad legal del Poder Legislativo, Guadalupe Acosta Naranjo.
Documentos en poder de Proceso dan prueba de lo anterior.
El pasado 12 de abril el pleno de la Cámara de Diputados aprobó “al vapor” con 244 votos a favor y el respaldo de PRI, PAN, PRD, PVEM, Panal y dos diputados del PT, cambios a los artículos 49 Bis 79 bis de la Ley Federa de Radio y Televisión.
En el primer artículo se modifica el término de lo que es una cadena nacional; se considera a “dos o más estaciones como cadena nacional”; el segundo, de mayor trascendencia, considera “cumplida” la obligación del concesionario de dar gratuitamente al gobierno los 48 minutos diarios con tan solo transmitir su spot en esta nueva modalidad de “cadena nacional”.
Es decir, con pasar los mensajes en uno o dos canales de televisión de una de las televisoras (Televisa o Azteca), se considerará cumplida su obligación y que según el artículo 41 de la Constitución, esos 48 minutos corresponden al IFE en tiempo electoral.