Sergio Hidalgo Monroy, la Red de Corrupción (Primera parte)

Jenaro Villamil

Primera parte del texto publicado en Proceso No. 1831.

 

Sergio Hidalgo Monroy Portilla. Fuente: http://revista.impacto.mx/

Designado por el presidente Felipe Calderón como el tercer director del ISSSTE en lo que va del sexenio, Sergio Hidalgo Monroy Portilla, llega al instituto que atiende a poco más de 12 millones de derechohabientes con varios expedientes de opacidad y manejos irregulares de recursos públicos, de las subastas de los bienes decomisados al narcotráfico, así como en el manejo de empresas en liquidación como la Compañía de Luz y Fuerza, tras su paso como director general del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Al asumir la dirección general del ISSSTE, Monroy Portilla prometió que durante su gestión “no habrá media transparencia. Lo que van a encontrar conmigo es abrir todas las cuentas del ISSSTE, enseñar la forma de administrar los recursos que nos encomiendan”.

“El encargo que me hace el presidente no se relaciona con cuestiones políticas sino a concentrar el trabajo a profesionalizar la seguridad social”, afirmó Monroy Portilla.

Sin embargo, sus antecedentes como Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda, entre diciembre de 2006 hasta julio de 2010 y, sobre todo, como director general del SAE contradicen el compromiso por la transparencia y, según informes de la Secretaría de la Función Pública existen al menos 124 procesos de investigación sobre responsabilidades en la dependencia que dejó a partir del 28 de noviembre.

La Auditoría Superior de la Federación, en su informe de fiscalización de la cuenta pública de 2009, emitió un dictamen negativo sobre el desempeño del SAE en materia de Administración y Procedimientos Legales que, al parecer, no se resolvieron durante la administración de Monroy Portilla.

“La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, el desempeño del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la administración y seguimiento de los procesos legales relativos a la recuperación de cartera” porque:

“-El SAE no reportó indicadores con el fin de evaluar el desempeño de los procesos legales para la recuperación de cartera vencida.

“-Al no encontrarse actualizado el Sistema Integral Jurídico del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes no permite al SAE conocer el estado procesal en el que se encuentran los juicios a su cargo.

“-El SAE no supervisa que los terceros especializados en materia jurídica actualicen el Sistema Integral Jurídico del SAE de los actos y diligencias que impulsen el procedimiento judicial, de los asuntos que tienen asignados.

“-El SAE permitió la caducidad de dos juicios: la prescripción de la acción en la vía mercantil de un juicio; y carece de información de cinco más, lo que no permite identificar la etapa procesal en que se encuentran los juicios”.

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